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Estética jueves 11/08/05
Normativa para instalaciones termales y SPA
Normativa para instalaciones termales y SPA
Rocío Linares (Profesora del I.E.S. El Cabañal)
Artículo cedido por Vida Estética

Sonnen Land


Hoy en día, cada vez son más numerosos los balnearios, centros termolúdicos, SPAS y centros de belleza en los que se utiliza el agua como fuente de salud, relajación y parte fundamental en los tratamientos estéticos. Por ello, cada día se incrementan las obligaciones que nos indican cómo cuidar este tipo de instalaciones, con el fin de evitar cualquier tipo de problema a los clientes y a la propia empresa. Este artículo expone la normativa que afecta a la prevención de la legionelosis, regulada en el RD 909/2001 de 27 de julio.

¿Qué tipos de centros están obligados a aplicar esta norma?
Todos los centros que posean algunos de los siguientes sistemas de uso común y público:
    · Sistemas de agua caliente sanitaria: red y depósitos, acumuladores, calderas o calentadores.
    · Sistemas de agua fría para el consumo humano: red y depósitos, tanques, aljibes, cisternas o pozos.
    · Torres de refrigeración.
    · Condensadores evaporativos y equipos de enfriamiento evaporativo.
    · Equipos de terapia respiratoria (respiradores, nebulizadores y otros equipos que entren en contacto con las vías respiratorias).
    · Humidificadores y humectadores.
    · Conductos de aire acondicionado.
    · Piscinas climatizadas con movimiento.
    · Instalaciones termales.
    · Fuentes ornamentales.
    · Sistemas de riego por aspersión.
    · Sistemas de agua contra incendios.
    · Elementos de refrigeración por aerosolización al aire libre.
    · Otros aparatos que acumulen agua y puedan producir aerosoles.

Los titulares de las instalaciones son los responsables del cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto y de realizar los programas de mantenimiento periódico que garanticen el correcto funcionamiento de sus instalaciones.


¿Qué es la legionella?
La legionelosis es una enfermedad bacteriana que suele presentar dos formas clínicas diferenciadas: la infección pulmonar, que se caracteriza por neumonía con fiebre alta, y la forma no neumónica, que se manifiesta como un síndrome febril agudo y de pronóstico leve.

La infección por legionella puede ser adquirida en dos ámbitos, el comunitario y el hospitalario. En ambos casos, la enfermedad puede estar asociada a varios tipos de instalaciones, equipos y edificios. Puede presentarse en forma de brotes y casos aislados o esporádicos.

La legionella es una bacteria capaz de sobrevivir en un amplio campo de condiciones físico-químicas, multiplicándose entre los 20 °C y los 45 °C y destruyéndose a 70 °C. Su temperatura óptima de crecimiento es 35-37 °C, mientras que su medio natural son las aguas superficiales, como lagos, ríos, estanques, etc., formando parte de su flora bacteriana. Desde estas reservas naturales, la bacteria puede colonizar los sistemas de abastecimiento de las ciudades y, a través de la red de distribución de agua, se incorpora a los sistemas de aguas sanitarias u otros sistemas que requieren agua para su funcionamiento, como las torres de refrigeración. En algunas ocasiones, las instalaciones favorecen el estancamiento del agua, en la que aparece un cúmulo de productos nutrientes de la bacteria, como lodos, materia orgánica, materias de corrosión y amebas, que forman una biocapa. La presencia de esta biocapa, junto con una temperatura propicia, explica la multiplicación de la bacteria de la legionella hasta formar concentraciones que infecten al ser humano.

Si existe en la instalación un mecanismo productor de aerosoles, la bacteria se puede dispersar por el aire. De este modo, las gotas de agua que contienen la bacteria quedan suspendidas en el ambiente y penetran por inhalación en el aparato respiratorio del ser humano.

Las instalaciones que con mayor frecuencia se encuentran contaminadas con legionella y han sido identificadas como fuentes de infección son: los sistemas de distribución de agua sanitaria, las torres de refrigeración y los condensadores evaporativos, tanto en centros sanitarios como en hoteles u otro tipo de edificios.


¿Cómo debemos actuar para evitarla?
El mantenimiento de las bañeras de hidromasaje y piscinas de uso colectivo se realizará de la siguiente manera:
    1. Revisión
    ·
    Se deben revisar los elementos de la bañera, especialmente los conductos y los filtros.

    · En todo momento se debe mantener en el agua un nivel adecuado de desinfectante residual, por lo que se recomienda la dosificación automática. Además, hay que mantener un nivel residual de desinfectante.

    · Para establecer la periodicidad de limpieza de los filtros, deben utilizarse medidores de bajada de presión, teniendo en cuenta el caudal hidráulico y el tamaño de filtro.

Los niveles recomendados son los siguientes:
- Cloro residual libre: máximo 1,5 ppm.
- Bromo residual libre: máximo de 3 a 5 ppm.
(Recomendado en agua templada)


    2. Limpieza y desinfección
    Se realizará una limpieza de forma exhaustiva con desinfección posterior.

    · Las bañeras de hidromasaje recién instaladas se mantendrán durante 24 horas con agua que contenga 100 ppm.de cloro.

    · Al menos una vez por mes debe de vaciarse y desinfectarse con un producto clorado.

    · Al finalizar el uso diario, debe realizarse un tratamiento de choque con 10 ppm. de cloro o bromo, durante un mínimo de cuatro horas.

    · Una vez a la semana debe cepillarse y limpiarse el revestimiento del vaso.

    · En los balnearios, el agua puede ser clorada o sometida a tratamiento con ozono, ionización mecánica o rayos ultravioleta.

    Es importante diferenciar entre las bañeras de llenado y vaciado y las que tienen recirculación. En las primeras, la limpieza del agua se mantiene por el vaciado y renovación completa del agua después de cada uso. En las segundas, la limpieza del agua se mantiene por circulación a través de filtros y desinfección.

Según la forma de renovación del agua, se pueden distinguir tres tipos de bañeras:
    1. En las bañeras de llenado y vaciado:
      - Si el agua procede de la red y está clorada, no se somete a ningún tratamiento.
      - Si la procedencia del agua es de pozo, se debe clorar, situando un depósito intermedio para que el cloro se mantenga un mínimo de treinta minutos en contacto con el agua, evitando así que no se vierta directamente al público.
      - Después de cada uso, la bañera se debe vaciar completamente, limpiar y desinfectar, cepillando las paredes y el fondo; después, se puede volver a llenar.

    2. En las bañeras con recirculación y sin filtración:
      - Se debe renovar el agua de forma continua (se recomienda 3 m3/hora por cada 20 usuarios durante esa hora).

    3. En las bañeras con recirculación y filtración:
      - La bomba de recirculación y los filtros deben tener unas dimensiones que garanticen un tiempo de recirculación máximo de treinta minutos (el equipo debe ser capaz de recuperar una turbidez de 0,5 UNF al menos una vez durante las cuatro horas siguientes al momento de máxima afluencia).
      - La velocidad máxima recomendada para filtros de arena es de 36.7 m3/m2/hora.


    3. Registro de operaciones de mantenimiento
    Los titulares de las instalaciones deberán disponer de un registro de mantenimiento en el que se realicen las siguientes anotaciones:

    · Fecha de realización de las tareas de revisión, limpieza y desinfección general; protocolo seguido; productos utilizados, dosis y tiempo de actuación. Cuando sean efectuadas por una empresa contratada, ésta debe extender un certificado en el que consten todos los datos de interés.

    · Fecha de realización de cualquier otra operación de mantenimiento (limpiezas parciales, reparaciones, verificaciones, engrases...) y especificación de las mismas, así como cualquier tipo de incidencia y medidas adoptadas.

    · Fecha y resultados analíticos de los diferentes análisis del agua.

    · Firma del responsable técnico de las tareas realizadas y del responsable de la instalación.

    El Registro de mantenimiento estará siempre a disposición de las autoridades sanitarias responsables de la inspección de las instalaciones.

    Los desinfectantes comercializados que se utilicen deben ser aquellos que, en cada caso, autorice para tal fin la Dirección General de Salud Pública y Consumo, no siendo obligatorio este requisito cuando la desinfección se realice mediante un sistema físico o físico-químico. Además, estos desinfectantes deben ser de probada eficacia frente a legionella y no deben suponer riesgos para la instalación, ni para la salud y seguridad de los operarios ni otras personas que puedan estar expuestas. De este modo, su uso se ajustará, en todo momento, a las especificaciones técnicas y al régimen de dosificación establecidos por el fabricante.

Obligaciones
·
Los titulares de las instalaciones en funcionamiento deberán declarar su existencia a la administración sanitaria competente.

· Los titulares de las instalaciones existentes tienen la obligación de adecuar sus instalaciones.

· Las empresas que realicen tratamientos de limpieza y desinfección de las instalaciones deberán estar inscritas en el registro oficial relativo a los establecimientos y servicios plaguicidas de su Comunidad Autónoma.

Todo ello revertirá en nuestro beneficio y el de nuestros clientes ya que, con estos controles sanitarios, se garantiza la seguridad, la salud y el confort para todos.


Autor:Rocío Linares
Fuente:Profesora del I.E.S. El Cabañal
 
 
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